{§Código Abierto
Derecho e inteligencia artificial · Colombia e Iberoamérica
Regla para los jueces · vigente

Acuerdo de 28 de enero de 2026, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba la Instrucción 2/2026, sobre la utilización de sistemas de inteligencia artificial en el ejercicio de la actividad jurisdiccional (BOE-A-2026-2205)

Consejo General del Poder Judicial (Pleno) · 28 de enero de 2026
Lo que dispone

Permite a jueces y magistrados usar únicamente los sistemas de IA, incluida la IA generativa, que les faciliten las administraciones competentes en materia de justicia o el propio Consejo, y solo como apoyo para buscar información jurídica, analizar y ordenar el expediente, preparar esquemas, resúmenes o borradores internos y atender tareas auxiliares.

Los borradores de resoluciones generados con IA exigen revisión y validación personal, completa y crítica del juez, y queda prohibido delegar en la máquina la decisión, la valoración de hechos y pruebas o la interpretación del Derecho, así como usar herramientas no facilitadas salvo para estudio con fuentes abiertas y sin incorporar nunca datos judiciales.

El incumplimiento puede dar lugar a las responsabilidades previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Lo que dice el texto

"podrán utilizar única y exclusivamente aquellos sistemas de IA, incluidas las herramientas de IA generativa, que les sean facilitados por las Administraciones competentes en materia de justicia o por el Consejo General del Poder Judicial"

ordinal quinto, apartado 1, página 6 del texto oficial
Leer el texto oficial · Estado comprobado en la fuente el 28 de septiembre de 2026
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