Permite a jueces y magistrados usar únicamente los sistemas de IA, incluida la IA generativa, que les faciliten las administraciones competentes en materia de justicia o el propio Consejo, y solo como apoyo para buscar información jurídica, analizar y ordenar el expediente, preparar esquemas, resúmenes o borradores internos y atender tareas auxiliares.
Los borradores de resoluciones generados con IA exigen revisión y validación personal, completa y crítica del juez, y queda prohibido delegar en la máquina la decisión, la valoración de hechos y pruebas o la interpretación del Derecho, así como usar herramientas no facilitadas salvo para estudio con fuentes abiertas y sin incorporar nunca datos judiciales.
El incumplimiento puede dar lugar a las responsabilidades previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
"podrán utilizar única y exclusivamente aquellos sistemas de IA, incluidas las herramientas de IA generativa, que les sean facilitados por las Administraciones competentes en materia de justicia o por el Consejo General del Poder Judicial"
ordinal quinto, apartado 1, página 6 del texto oficial