Las Cortes colombianas ya dejaron de discutir si se puede usar inteligencia artificial y pasaron a discutir cómo se prueba
Las cuarenta y nueve providencias colombianas sobre inteligencia artificial que esta casa tenía archivadas el 20 de septiembre de 2026, casi todas de las cortes de cierre, se dejan leer como una sola conversación, y esa conversación ya cambió de tema. La Sala Civil de la Corte Suprema lo dijo con todas las letras el primero de julio de 2026: el uso de inteligencia artificial generativa no está proscrito por sí mismo en el ejercicio profesional. Resuelto eso, el problema se corrió hacia donde de verdad importa, que es la prueba.
Seis providencias en seis meses se ocupan de los detectores de inteligencia artificial, y todas apuntan al mismo sitio. En mayo, un despacho de la Sección Tercera del Consejo de Estado se abstuvo de acudir a los detectores porque todavía no ofrecen niveles adecuados de fiabilidad, en junio la Sala Civil de la Corte Suprema encontró que los porcentajes invocados en una tutela tenían explicación plausible en el apoyo instrumental para la corrección, la redacción o el estilo, un uso que no está proscrito, y la Sala Penal había distinguido en febrero entre la ayuda mecánica y el análisis jurídico para negar que un porcentaje de detección acredite uso indebido. En agosto, cuando una parte alegó que un auto no existía porque dos detectores decían que lo había escrito una máquina, la Sala no discutió el porcentaje, fue al artículo 279 del Código General del Proceso y verificó. Ese es el movimiento entero en una escena.
El segundo frente es el deber de declarar. Ocho providencias dicen qué herramienta usó el propio despacho, o certifican que no usó ninguna. La Corte Constitucional publicó el prompt en la T-186 de 2026 y volvió sobre la declaración de transparencia en los autos A-276 y A-1030 de 2026, este último atado al artículo 10 del Acuerdo PCSJA24-12243. En la Sección Cuarta del Consejo de Estado, el despacho ponente de una providencia dejó nota sobre el uso de Copilot, y una aclaración de voto precisó que esa nota era manifestación del despacho y no de la Sala, y que no era necesaria. Las cortes de cierre están declarando su propio uso antes de que exista norma que las obligue, y esa discrepancia interna es la que anuncia por dónde va a venir la regla.
El tercer frente es el más definido. La inteligencia artificial ofrecida como prueba se queda por fuera: el Tribunal de Cali la descartó como perito o prueba técnica, la Sala Civil como traducción oficial en el exequátur y la Corte Constitucional, en la T-072 de 2026, como fuente de un dictamen de pérdida de capacidad laboral elaborado por la parte.
El cuarto es el sancionatorio, y es el más citado por fuera. Seis providencias imponen multa, exhorto o compulsa de copias por citar sin verificar, encabezadas por la que multó a un abogado con quince salarios mínimos por diez citas apócrifas. Todas reprochan lo mismo, haber firmado sin comprobar, que es un deber anterior a la herramienta, y ninguna reprocha haberla usado.
Leída con la tríada de cesión, criterio y custodia, la lectura se ordena sola. Colombia ya aceptó la cesión de la tarea. Lo que está construyendo ahora, providencia por providencia, es cómo se acredita el criterio y hasta dónde llega la custodia de quien firma.