Una providencia hecha con apoyo de inteligencia artificial es válida, y los tribunales colombianos dejan su control a los recursos y a la transparencia
Cuando una parte sostiene que la decisión que la afecta la escribió una máquina, los tribunales colombianos responden con una regla que ya tiene forma. La providencia hecha con apoyo de inteligencia artificial es válida si el uso se mantuvo dentro de los parámetros de la T-323 de 2024 y del Acuerdo PCSJA24-12243, la decisión sigue siendo del juez que la firma, y el control está en los recursos y en la transparencia. Así lo muestran las providencias de tribunales y juzgados del observatorio COLOMB-IA que se ocupan del asunto.
La validez depende de cómo se usó la herramienta
Una apelación contra una sentencia de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca alegó que la decisión no era en estricto sentido una sentencia porque se había elaborado en un 89 por ciento con inteligencia artificial. Al conceder el recurso, en marzo de 2026, la Subsección B respondió que, «independientemente de si en la elaboración de la sentencia apelada se empleó o no IA, lo cierto es que su utilización dentro de los parámetros definidos por el marco jurisprudencial y normativo vigente es legalmente válida y no vulnera derecho alguno».
En agosto, la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá examinó un reproche parecido contra una sentencia de primera instancia en la que la jueza había citado sentencias de la Corte Suprema que no existen, según lo demostró el informe de la relatoría de esa Corporación. La Sala la exhortó a obrar en adelante con la diligencia esperada, pero sostuvo que esas fallas no prueban por sí solas un uso irresponsable de la herramienta, porque pudieron deberse a una falla humana de digitación o al uso de formatos previos, y añadió que «el mal empleo de la inteligencia artificial generativa por un juez de primera instancia no constituye causal de nulidad, menos si el caso se encuentra en sede de apelación». La apelación sirve justamente para corregir la motivación, y la Sala confirmó la sentencia, con un ajuste en la fecha desde la cual corren los intereses.
La acusación exige prueba, y el porcentaje de un detector no la suple
El Tribunal Administrativo de Bolívar se abstuvo de estudiar una nulidad fundada en cuatro detectores que atribuían a la inteligencia artificial más del 90 por ciento de la motivación de una sentencia, porque el medio de control era improcedente, de modo que la acusación no pasó de ahí. El Juzgado Tercero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Cartagena declaró improcedente un recurso apoyado en un detector que marcaba 82 por ciento y explicó que esa cifra no acredita con certeza el uso de la herramienta. El Juzgado Quinto de Familia de Bucaramanga rechazó por infundado el reproche de que su auto se apoyaba en citas inexistentes generadas por inteligencia artificial, y respondió identificando las normas vigentes en que se fundó.
La Sala Penal del Tribunal Superior de Valledupar, ante una tutela cuyo fallo de primera instancia se tachaba de haber sido redactado con la herramienta sin la transparencia exigida, concluyó que con el material del expediente no era posible determinarlo y recordó que la herramienta «puede constituir un instrumento de apoyo en la elaboración de providencias, siempre que se emplee con prudencia, sentido de responsabilidad y bajo la dirección y control intelectual del funcionario judicial que suscribe la decisión». Las altas cortes van en la misma dirección. Un despacho de la Sección Tercera del Consejo de Estado explicó en mayo de 2026 que los detectores, hasta el momento, «no ofrecen niveles adecuados de fiabilidad, precisión y estabilidad para su utilización en actuaciones judiciales», y la Sala Civil de la Corte Suprema, en la STC10581-2026, encontró que los porcentajes que invocaban unos accionantes tenían «explicación plausible en el apoyo instrumental para labores de corrección ortográfica, redacción o estilo, empleo que no se halla proscrito».
La parte tiene derecho a saber, y el juez puede responderle
El Juzgado Primero de Familia de Puerto Colombia recibió en septiembre de 2026 una pregunta directa de una apoderada: si el despacho usaba inteligencia artificial, cuál herramienta y si su uso se ajustaba al Acuerdo PCSJA24-12243. Contestó en el mismo auto admisorio que «este Juzgado utiliza Microsoft Copilot como herramienta institucional de apoyo en determinadas labores de organización, revisión, estructuración y corrección de documentos». Es el artículo 10 del Acuerdo puesto en práctica a pedido de parte, y es el camino más corto para disipar la sospecha.
El límite que ya trazan los despachos es la valoración de la prueba
La validez tiene un borde, y los despachos lo están marcando. La Sala Laboral del Tribunal Superior de Manizales revisó en septiembre de 2026 una sentencia en la que la jueza de primera instancia consultó a la inteligencia artificial de Meta para establecer las consecuencias del consumo de drogas en un trabajador que cayó de un andamio. La Sala reconoció que esas herramientas están avaladas por el Consejo Superior de la Judicatura y por la Corte Constitucional, y recordó que el numeral 3 del artículo 8 del Acuerdo PCSJA24-12243 ordena «Prescindir de herramientas de IA para la valoración de medios probatorios». La Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Tunja confirmó, por otra razón, la decisión de un juzgado que había traducido con ChatGPT un contrato en inglés y mandarín solo para entender su contexto, y que dejó dicho que esa traducción no era prueba, como lo exige el artículo 251 del Código General del Proceso para los documentos en idioma extranjero.
La regla sirve a la herramienta y a quien litiga
Leídas juntas, estas providencias protegen dos cosas. Protegen el uso legítimo, porque la providencia hecha con apoyo de la herramienta conserva su validez y quien la ataca carga con probar lo que alega. Y protegen la reserva de lo que solo el juez puede hacer, porque la valoración de las pruebas y la decisión siguen siendo suyas. Entre las dos está la transparencia, que permite a las partes saber qué hizo la herramienta y a los superiores revisar si se respetó el límite.
Cobertura. Comprende las providencias de tribunales y juzgados del observatorio COLOMB-IA, tomadas del portal de Publicaciones Procesales de la Rama Judicial con corte al 21 de septiembre de 2026, y las de las altas cortes de la biblioteca de la casa. Cada una tiene su ficha con el enlace a la fuente oficial.