Fija el marco operativo, de supervisión y de apoyo para cumplir la Ley de Fomento a Inteligencia Artificial y Tecnologías, aplicable a las entidades establecidas en El Salvador, a los sistemas entrenados u operados en infraestructura ubicada en el país y a los que dirigen intencionalmente servicios al país y deciden sobre sus residentes.
Pide a desarrolladores y operadores esfuerzos razonables, como la minimización proporcional de datos, la documentación técnica y la supervisión humana apropiada al contexto, permite un registro voluntario para acceder a las salvaguardas de la ley y obliga a registrarse a los operadores cuyos sistemas sean el factor controlante de decisiones consecuenciales en diagnóstico y tratamiento de salud, crédito y seguros, biometría en tiempo real en espacios públicos, acceso a servicios o beneficios públicos, empleo sin supervisión humana significativa y admisiones, calificaciones o licencias en educación y profesiones.
Esos operadores deben hacer evaluaciones de impacto algorítmico con pruebas de sesgo y de equidad, y acreditan el cumplimiento por autocertificación, certificación de terceros o participación en un sandbox.
Presume la conformidad de quien se certifique en estándares como ISO/IEC 42001 o el marco de gestión de riesgos de IA del NIST, y deja fuera de lo que la Agencia puede pedir los secretos comerciales, el código fuente, la arquitectura del modelo, las ponderaciones y los datos de entrenamiento en bruto.
Crea un sandbox de innovación de doce meses, renovable una vez y sin sanciones.
Obliga a notificar a las personas las decisiones tomadas por un sistema de IA sin revisión humana significativa que afecten negativamente sus derechos o su situación económica en salud, finanzas, empleo, educación, beneficios públicos, vivienda o transporte, con la confirmación de que intervino la IA, una explicación de su papel y un mecanismo de impugnación, con excepciones como el fraude, la ciberseguridad o la aplicación de la ley.
La Agencia puede orientar de forma no vinculante sobre la revisión humana, la gobernanza del contenido generado con IA es voluntaria y los sistemas que ya operaban tienen doce meses para registrarse.
"La notificación deberá ser clara, comprensible e incluir como mínimo la confirmación de que una IA participó en la decisión, una explicación del papel que jugó la IA y un mecanismo para que la persona pueda impugnar la decisión."
art. 24, penúltimo inciso, página 10 del texto oficial