En cumplimiento de la orden cuarta de la sentencia T-067 de 2025, fija estándares mínimos de transparencia algorítmica activa y pasiva para los sujetos obligados de la Ley 1712 de 2014 que desarrollen, adquieran, usen o implementen sistemas algorítmicos que utilicen IA, que sean sistemas de decisión automatizada o que recolecten datos para rastreo.
Les ordena publicar una ficha mínima de cada sistema y, cuando el sistema se use para asignar o negar beneficios o servicios, predecir riesgos, elaborar perfiles, inferir emociones, atender poblaciones vulnerables, predecir o diagnosticar enfermedades o acompañar a personas con enfermedades mentales, publicar información reforzada que incluye el resumen del análisis de impacto algorítmico hecho antes del despliegue.
También les ordena mantener canales de objeción y revisión de decisiones automatizadas, avisar a las personas cuando interactúan con chatbots o asistentes virtuales y diligenciar cada año la encuesta del Ministerio Público sobre sistemas algorítmicos.
Su ámbito comprende las entidades de todas las ramas del poder público, de modo que alcanza también a las entidades de la Rama Judicial.
"Los estándares aquí señalados aplican a todos los sujetos obligados que desarrollen, adquieran, usen o implementen sistemas algorítmicos para uso del Estado que cumplan con al menos uno de los siguientes tres criterios:"
art. 6, página 12 del texto oficial