Adopta la política de uso responsable de la IA de la Fiscalía, con principios rectores, estándares técnicos, un inventario institucional de iniciativas y la Subdirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones como autoridad técnica.
Permite usar solo herramientas de IA aprobadas o habilitadas por esa Subdirección y trata sus resultados como insumo preliminar orientativo que un servidor o contratista competente debe verificar en su concordancia con las fuentes, su pertinencia y su suficiencia antes de incorporarlo a una actuación investigativa, procesal, probatoria o administrativa, con la responsabilidad a cargo del funcionario que lo valida.
Prohíbe formular de manera automatizada decisiones de imputación, archivo, responsabilidad penal o cualquier acción que afecte derechos fundamentales, y usar herramientas o chatbots en línea no avalados que puedan comprometer información reservada.
"Ningún dato, análisis, clasificación, transcripción u otro producto generado por un sistema de IA podrá incorporarse directamente a una actuación investigativa, procesal, probatoria o administrativa de la Fiscalía, sin que un servidor público o contratista competente haya verificado su concordancia con las fuentes, pertinencia y suficiencia."
art. 8, inc. 2, página 5 del texto oficial