Propone facultar al Congreso para legislar sobre "el uso y la implementación de los sistemas de Inteligencia Artificial", en la fracción XVII del artículo 73 de la Constitución.
Sus transitorios ordenan expedir la ley general correspondiente en un plazo no mayor de 180 días naturales, con la opinión previa de las legislaturas de las entidades federativas, que luego deberán adecuar sus leyes.
Está pendiente en la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados desde el 5 de agosto de 2026.
"el uso y la implementación de los sistemas de Inteligencia Artificial"
art. 73, fracción XVII, texto propuesto, página 11 del texto oficial