Propone facultar al Congreso para legislar sobre "la creación, diseño, uso y aplicación de la inteligencia artificial", en la fracción XVII del artículo 73 de la Constitución.
Su segundo transitorio ordena expedir una Ley General en materia de Inteligencia Artificial con principios como el respeto a los derechos humanos, la protección de datos personales, la transparencia, la no discriminación y la supervisión humana, y con la distribución de competencias entre la Federación, las entidades federativas y los municipios.
Está pendiente en la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados desde el 19 de agosto de 2026.
"la creación, diseño, uso y aplicación de la inteligencia artificial"
art. 73, fracción XVII, texto propuesto, página 4 del texto oficial