Los jueces le preguntan a la máquina desde 2023 y usan la respuesta como apoyo, y el Tribunal Superior de Manizales fijó el límite en la valoración de la prueba
El 30 de enero de 2023, el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Cartagena le hizo cuatro preguntas a ChatGPT en una sentencia de tutela y transcribió las respuestas. Desde entonces y hasta septiembre de 2026, el observatorio de esta revista registra veinticinco providencias de tribunales y juzgados en que el despacho que decide le preguntó algo a una herramienta de inteligencia artificial generativa y lo dejó escrito. Vienen de veintitrés despachos, seis de tribunales y diecisiete juzgados, y dieciséis son de 2026. Preguntaron el ancho de una volqueta, a cuántas copas equivale una concentración de alcohol en la sangre, si existe una sentencia que citó un abogado, si un auto se publicó en estado, a qué municipio pertenece una vereda, qué significa una palabra de la ley y, en tres providencias, cuál es la regla de derecho. ChatGPT aparece en once, Copilot en ocho, Gemini o la inteligencia artificial del buscador de Google en tres, la herramienta de una editorial jurídica en una, y en cuatro el texto deja la herramienta sin nombrar. Dos providencias usaron dos.
En lo que registra el observatorio, dos veces un superior examinó la consulta de un juez. La Corte Constitucional revisó la del juzgado laboral de Cartagena en la sentencia T-323 de 2024 y encontró que ChatGPT no había reemplazado al juez, "esencialmente porque el sistema de IA se utilizó luego de haberse fundamentado y tomado la decisión". La Sala Laboral del Tribunal Superior de Manizales revisó el 16 de septiembre de 2026 la consulta de un juzgado a la inteligencia artificial de Meta y la reprochó, porque la respuesta se había usado "como criterio de valoración probatoria". Entre esos dos puntos se mueven las veinticinco. Casi siempre la respuesta entra como apoyo de una decisión que tiene escritas otras razones, ocho dejan escrita una verificación de la respuesta y seis dicen con qué la hicieron, y las que usan la respuesta para establecer un hecho del caso son las que más cerca quedan del límite. De ahí sale una práctica que cabe en una nota y que cualquier despacho puede adoptar.
La práctica empezó en 2023, antes de la sentencia y del Acuerdo que hoy la orientan
La sentencia del juzgado laboral de Cartagena resolvió la impugnación de una tutela de salud. Después de fundar la decisión en un precedente de la Corte Constitucional, el juzgado anunció que extendería sus argumentos "conforme al uso de inteligencia artificial (IA)" y le preguntó a la herramienta, entre otras cosas, "¿Las acciones de tutela en estos casos se deben conceder?". Dejó escrito el alcance de la consulta: "El propósito de incluir estos textos producto de la IA no es en manera alguna reemplazar la decisión del Juez." Once días después, un despacho del Tribunal Administrativo del Magdalena le preguntó a ChatGPT "¿Qué es un avatar?" y cómo se verifica la identidad de quienes asisten a una audiencia virtual, para fijar las pautas de una audiencia en el metaverso.
La Corte Constitucional revisó la sentencia del juzgado laboral de Cartagena. En la síntesis con que abre la T-323 de 2024, del 2 de agosto de ese año, dice que el uso de ChatGPT "no comportó una usurpación de la función de administración de justicia", que los principios de transparencia y de responsabilidad quedaron sin cumplirse a cabalidad y que "el principio de privacidad sí se satisfizo", porque el juez se abstuvo de introducir datos personales. Estimó procedente además que el Consejo Superior de la Judicatura emitiera "unas guías o lineamientos sobre su implementación por parte de los jueces". El Acuerdo PCSJA24-12243, que recoge esa sentencia en sus considerandos, es del 16 de diciembre de 2024.
Cinco de las veinticinco providencias son anteriores al Acuerdo, y cuatro de ellas, anteriores a la T-323. Las otras veinte llegaron después.
Se pregunta por datos técnicos, por un dato del expediente, por una cita, por una explicación o el significado de un término, por la propia tecnología y, en tres providencias, por la regla jurídica
Cinco sentencias buscaron en la herramienta datos técnicos para establecer cómo ocurrió un hecho. La Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior de Armenia consultó a ChatGPT en tres procesos de responsabilidad por accidentes de tránsito. En febrero de 2025 preguntó por el ancho de una volqueta y por la razón por la que una motocicleta en neutro baja más rápido una pendiente. En julio pidió que se le explicara "cual podría ser el tiempo que le tomaría a un tractocamión con una carga de 34.000 kg detenerse si se desplazaba a una velocidad de 25 km/h". En septiembre tomó de la herramienta las medidas, el peso y la potencia de un camión. La Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Cartagena transcribió en noviembre de 2025 dos preguntas a Microsoft Copilot, la primera "¿Cuál es la diferencia entre oxidación y corrosión?" y la segunda sobre el tiempo en que podría empezar a oxidarse una máquina industrial expuesta a la humedad o a condiciones salinas. Y la Sala Penal del Tribunal Superior de Pereira preguntó en marzo de 2024, en un proceso por homicidio culposo en un accidente de tránsito: "¿La presencia en sangre de 20 miligramos sobre 100 mililitros de etanol a cuantas copas de vino, de aguardiente, de ron o de cerveza equivalen?".
Cinco juzgados quisieron comprobar o conseguir un dato del caso. El Juzgado Promiscuo Municipal de Villanueva, en Santander, usó Gemini para ubicar la vereda que una demanda ejecutiva señalaba como domicilio del demandado. El Juzgado Primero Civil del Circuito de Honda corroboró con la versión de pago de ChatGPT y con el buscador de Google a qué municipio corresponde el código del organismo de tránsito que elaboró un informe policial. El Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Neiva le preguntó a ChatGPT si estaba fragmentado el enlace con el que una parte decía aportar unas facturas, y le pidió repararlo. El Juzgado Sesenta Civil del Circuito de Bogotá obtuvo con M365 Copilot dos direcciones electrónicas de una empresa con sede en el exterior, para que se rehiciera una notificación. Y el Juzgado Promiscuo Municipal de Sitionuevo revisó en la plataforma de Publicaciones Procesales si un auto suyo se había publicado en estado, "según la verificación realizada por la suscrita funcionaria, con la herramienta de MICROSOFT COPILOT".
Tres juzgados le preguntaron por lo que había citado un abogado. El Juzgado Primero Civil del Circuito de Pereira y el Juzgado Cuarenta Civil Municipal de Bogotá quisieron saber si existían unas sentencias de la Corte Suprema que habían buscado sin hallarlas. El Juzgado Séptimo de Familia de Bogotá rastreó de dónde salía un precepto que había invocado el abogado del demandante, y estableció que era del Código Civil de España.
Ocho providencias pidieron una explicación o el significado de una palabra. El Juzgado Primero Civil del Circuito de Apartadó preguntó en mayo de 2024, a la herramienta de una editorial jurídica, por el efecto del ruido excesivo en la salud. El Juzgado Segundo Administrativo de Yopal abrió el análisis de una falla médica con un glosario de cinco términos que, según el texto, Copilot definió "A partir de guías médicas colombianas y literatura médica reciente", y definió otros tres términos de la historia clínica en notas al pie que llevan el rótulo IA-Google. El Juzgado Quinto Civil Municipal de Valledupar explicó en una nota al pie, con un "concepto generado por Gemini", qué es la herramienta que certificó la entrega de un correo de notificación. Un despacho de la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Antioquia explicó con la versión Plus de ChatGPT qué significa la leyenda "Multimedia omitido" en un chat de WhatsApp exportado. El Juzgado Primero de Familia de Villavicencio tomó de Copilot el significado de tres palabras de una causal de divorcio. El Juzgado Promiscuo Municipal de Abriaquí definió qué es la dirección de un inmueble con una nota al pie que dice "Tomada de la base de datos de Google y de la IA, entre otros." La Sala Penal del Tribunal Superior de Pasto consultó en ChatGPT la denotación y la connotación de una palabra que un accionante había usado contra un abogado. Y el despacho del Magdalena pidió la definición de avatar.
El Juzgado Tercero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Cartagena preguntó por la propia tecnología. Ante un recurso que atribuía uno de sus autos a la inteligencia artificial con el porcentaje de un detector, le preguntó a ChatGPT qué puede probar un detector y le pidió a Copilot verificar si ese auto se había generado con la herramienta.
Tres providencias le llevaron una cuestión de derecho. Una es la sentencia del juzgado laboral de Cartagena de 2023. El Juzgado Promiscuo Municipal de Pradera transcribió la pregunta que le hizo a Copilot en una sucesión: "¿un heredero que cedió todos sus derechos herenciales, puede intervenir en el respectivo proceso de sucesión?". El Juzgado Tercero de Familia de Palmira apoyó dos reglas, una sobre la indebida representación y otra sobre la indemnización de un bien testado que se expropia, en una inteligencia artificial que el auto deja sin nombrar.
La respuesta entra casi siempre como apoyo, y la decisión tiene escritas otras razones
En la mayoría el propio despacho ubica la respuesta como complemento. La Sala de Armenia la llamó "apostilla esclarecedora y complementaria" y "apreciación justificante y de corroboración". La Sala de Cartagena, "una mera ilustración e información que coadyuva nuestra percepción directa sobre el proceso de corrosión en la costa". Pradera la introdujo con la fórmula "Además del anterior escenario", después de fundar la regla en el Código Civil, en el Código General del Proceso y en un auto del Tribunal Superior de Medellín. Apartadó escribió, después de citar una revisión científica, que "Esto también lo ratifica la Inteligencia Artificial (IA)". Palmira la transcribió como "corroborativo de nuestros asertos". El despacho del Magdalena la pidió "a modo de consulta". Valledupar y el despacho de Antioquia la llevaron a una nota al pie. La Sala Penal de Pereira y el juzgado de pequeñas causas de Cartagena la presentan como camino de una premisa o como demostración, y Villanueva, Yopal, el juzgado de familia de Villavicencio, Abriaquí, el juzgado civil del circuito de Bogotá y Sitionuevo la incorporan sin calificarla.
La separación más nítida es la de la Sala Penal de Pasto, escrita en octubre de 2024, dos meses antes del Acuerdo: "Aquí se usa la IA ChatGPT para consultar en abstracto sobre la denotación y la connotación de la palabra hombrecito, ya que la decisión de si su uso en el presente caso es honrosa o peyorativa le corresponde tomarla a la Sala."
Las razones que sostienen cada decisión están en otra parte del texto. En la Sala de Armenia son el informe de tránsito, lo que declararon los conductores y las normas de tránsito. En la Sala de Cartagena es la falta de prueba del nexo causal, que echó de menos en un dictamen, porque los puntos técnicos "debieron ser clarificados mediante un dictamen pericial especializado en corrosión industrial o metalografía forense". En Apartadó, los videos, las actas de policía y la conducta de la demandada. En el juzgado de familia de Villavicencio, una sentencia penal ejecutoriada. En Yopal, la historia clínica y los testimonios de los médicos, a los que el juzgado dio más peso que a las conclusiones del dictamen pericial. En el despacho de Antioquia, los artículos 168 y 266 del Código General del Proceso: quien pedía la exhibición dejó sin precisar qué clase de archivo reclamaba, y la prueba resultaba inútil frente a lo ya aportado. En Valledupar, el certificado de entrega del correo y el artículo 8 de la Ley 2213 de 2022. En la Sala Penal de Pereira, el exceso de velocidad del procesado y el paso de la víctima por la zona peatonal. La excepción es Sitionuevo, donde la consulta sostiene una orden de trámite, la de notificar un auto que al parecer no se publicó, y el mismo auto deja una salvaguarda: si la notificación ya se había hecho, "así deberá quedar sentado en el expediente".
Ese lugar de apoyo tiene respaldo en el Acuerdo. Su artículo 4 incluye, entre los "Usos que requieren revisión detallada de los productos y resultados obtenidos", las tareas de "Buscar, recopilar, ampliar y sintetizar información que pueda relacionarse con un caso en estudio", la "Clasificación, consulta y referenciación jurisprudencial, de precedentes y líneas jurisprudenciales, en casos y situaciones específicas", "Realizar un análisis semántico que apoye la comprensión del contexto y significado de textos" y "Proponer explicaciones claras o ejemplos sobre conceptos complejos, sólo si son comprendidos por el servidor judicial, pero que quiere explicar de forma didáctica". Con esa última condición, la explicación cabe cuando el servidor ya comprende el concepto y quiere hacerlo claro.
Ocho providencias dejaron escrita la verificación de la respuesta, y seis dicen con qué la hicieron
El numeral 2 del artículo 9 del Acuerdo manda "Contrastar y verificar la veracidad, relevancia y suficiencia de los resultados obtenidos, las fuentes y datos referenciados por la herramienta". Ocho de las veinticinco providencias dejan escrito que lo hicieron, y seis dicen con qué.
Honda contó que acudió a la herramienta y a búsquedas abiertas, en ejercicio de "verificación complementaria de datos objetivos contenidos en el expediente", encontró que el código correspondía al municipio y citó en nota una búsqueda en el sitio del Ministerio de Transporte, y dejó una constancia "En virtud del principio de transparencia judicial" de que lo hizo "sin sustituir los elementos probatorios obrantes en el expediente". Neiva insertó la captura de la conversación, con la pregunta "¿Este link está fragmentado? ¿Lo puedes arreglar?:", y contó lo que pasó después: la herramienta entregó un enlace reparado y, "al pinchar en el link restaurado, no fue posible acceder a la documentación que se echa de menos". Apartadó presentó la respuesta como ratificación de una revisión científica que acababa de citar, con su referencia en una nota.
Los tres juzgados que preguntaron por lo citado pusieron la fuente oficial por delante en su exposición. El juzgado civil de Pereira dejó constancia primero de su búsqueda en la página de la Corte Suprema, pegó las capturas de la relatoría ("como prueba de ello, se adjunta el siguiente pantallazo:") y a continuación anotó lo que respondió Copilot Chat, herramienta "a la cual se tiene acceso por autorización del Consejo Superior de la Judicatura". El juzgado civil municipal de Bogotá nombró los dos buscadores de la Corte Suprema que recorrió y cerró la lista así: "así como en diferentes motores de búsqueda como Google e incluso haciendo uso de la inteligencia artificial, dichos datos no fueron encontrados". Con ese resultado le pidió al abogado la fuente y las copias, "ratificando el principio de la buena fe del abogado". El juzgado de familia de Bogotá llegó al Código Civil de España "revisado el Código Civil e indagado por internet, así como Inteligencia Artificial - IA".
Las otras dos declaran la verificación sin decir con qué se hizo. Pradera lo escribió en una nota al pie: "La herramienta fue cuestionada y revisada previniendo alucinaciones o sesgo, igualmente se verificaron sus fuentes. Fue utilizada el día de hoy." Después aplicó la regla al caso con las cláusulas primera y quinta de la escritura de cesión. El juzgado de pequeñas causas de Cartagena cerró su auto con una nota de transparencia sobre la consulta a ChatGPT, que da el modelo, la fecha y las instrucciones y dice que "El contenido fue revisado, validado, ajustado y aprobado bajo control humano estricto antes de su incorporación". La respuesta de Copilot quedó por fuera de esa nota.
En las otras diecisiete la respuesta aparece transcrita o resumida sin que el texto diga con qué se contrastó. La sentencia del juzgado laboral de Cartagena de 2023 anuncia como método la "previa corroboración de la información suministrada por IA", sin decir cuál hizo. La lectura registra lo que quedó escrito, de modo que una verificación hecha y no anotada queda fuera de esta cuenta. La anotación importa porque les permite a las partes y al superior saber de dónde salió un dato. La T-323 de 2024, que invocan las sentencias de la Sala de Armenia y de la Sala de Cartagena, advierte que "la función de valorar la prueba es del juez natural, que debe ser un humano", y cuando el juez se apoya en la herramienta para establecer los estándares con que se ordena y se practica una prueba, exige "altos estándares de verificación de la información suministrada por la IA".
La Sala Laboral de Manizales marcó el límite en la valoración de la prueba
Entre los tribunales, la única consulta declarada de un juez que un superior examinó es la que revisó la Sala Laboral del Tribunal Superior de Manizales el 16 de septiembre de 2026. Un trabajador había muerto al caer de un andamio, y su examen toxicológico dio positivo. Según el resumen que hace la Sala, el juzgado de primera instancia consideró que ese consumo "pudo incidir de manera clara en la ocurrencia del accidente", con apoyo en una consulta a la inteligencia artificial de Meta sobre las consecuencias del consumo de drogas, y absolvió a las demandadas.
La Sala revocó. Distinguió "entre el resultado positivo del consumo de sustancias psicoactivas y los efectos generados por estas acorde con la temporalidad del consumo". Dejó a salvo lo que se sabe en general de esas sustancias, pues "tampoco se desconoce los efectos que dichas sustancias psicoactivas pueden causar en el organismo de quien los consume", y encontró que faltaba la prueba del hecho: "no existe prueba alguna que determine que el consumo fue en horario laboral". Sobre la consulta dijo que "la Sala no avala para este caso el uso de las herramientas tecnológicas con las que se cuenta en la actualidad", y explicó por qué: "la herramienta se utilizaría indebidamente al pretender incluirla como criterio de valoración probatoria para definir las consecuencias de un consumo de drogas, a partir de una explicación general obtenida sin analizar el contexto, particularmente la temporalidad del consumo y su eventual incidencia al momento de los hechos."
El reproche tiene un alcance preciso. La Sala llama a esas herramientas "motores de búsqueda de inteligencia artificial avalados por el Consejo Superior de la Judicatura" y limita su juicio a ese caso. Leído así, el reproche separa la explicación general, que la Sala no discute, de la prueba del hecho concreto, que corresponde a los medios del proceso y a quien tenía la carga de aportarla. Allí era el empleador, "correspondiendo al dador del laborío probar la causalidad entre el consumo y la configuración del hecho fatídico". La Sala ató su reproche al numeral 3 del artículo 8 del Acuerdo, que pide "Prescindir de herramientas de IA para la valoración de medios probatorios, escrutinio de hechos, realización de juicios de valor, ni la solución de problemas jurídicos", y a la T-323 de 2024, de la que transcribió que "el decreto y la evaluación de las pruebas es una tarea que debe estar en cabeza del juez natural, cuyo ejercicio no puede dejarse a una IA". La sentencia revisada era del 18 de octubre de 2024, dos meses anterior al Acuerdo, y la Sala anotó que la T-323 ya se había proferido. La condena se fundó en la culpa del empleador, que la Sala encontró comprobada. El Consejo Superior de la Judicatura trazó la misma frontera en otro terreno el 17 de septiembre de 2026: el Acuerdo PCSJA26-12591, que actualizó el protocolo contra la discriminación y el acoso en la Rama Judicial, prohíbe usar herramientas de IA generativa o algoritmos predictivos "para la valoración del relato de la víctima, la estimación del nivel de riesgo, o la toma de decisiones sustantivas y disciplinarias por parte del Comité".
Otros dos usos de primera instancia llegaron a un tribunal y quedaron sin examen, porque el recurso se resolvió por otra razón. La misma Sala Laboral de Manizales relató en mayo de 2025 que un juzgado había acudido a Microsoft 365 Copilot, "para obtener una mayor ilustración", para saber cómo operan los filtros que mandan un correo a cuarentena. Y la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Tunja resolvió en junio de 2026 una apelación que reprochaba la traducción de un contrato hecha con ChatGPT por el juzgado, que según el resumen de la Sala la hizo "con el único objetivo de obtener una contextualización de su contenido" y aclaró que el documento quedaba por fuera de las pruebas. La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá había aplicado el mismo numeral 3 en diciembre de 2025, al anular una condena, a un uso que dedujo de las citas inexistentes de la sentencia, sin consulta declarada.
Las consultas que establecen un hecho del caso son las que quedan más cerca de ese límite
La distinción de la Sala Laboral de Manizales sirve para leer las demás. Las explicaciones de contexto quedan lejos de la línea: qué es la herramienta que certifica un correo, qué significa una leyenda de WhatsApp, qué es un avatar. Las tres se quedan en el contexto del caso. Las consultas sobre citas quedan del mismo lado, porque comprueban una fuente de derecho y lo hacen con la fuente oficial por delante. Los datos de Villanueva, Honda, Neiva y Sitionuevo sí son del expediente, y en los cuatro la consulta sirve para comprobar o para pedir una aclaración: Villanueva suma lo que dijo Gemini a su propio conocimiento del municipio y le pide a la parte aclarar la competencia, Honda comprueba un código con una búsqueda en el sitio del Ministerio de Transporte, Neiva prueba el enlace por su cuenta y Sitionuevo ordena notificar, con la constancia de la secretaría como control. El juzgado civil del circuito de Bogotá obtuvo dos direcciones para rehacer una notificación y dejó en nota las fuentes que citó la herramienta, un portal de tecnología, un directorio de sedes y un foro de internet, que son las que el numeral 2 del artículo 9 pide contrastar.
Las más cercanas al límite son las que toman de la herramienta un dato que entra en la reconstrucción de lo ocurrido, que es el "escrutinio de hechos" del numeral 3. En la sentencia de la Sala de Armenia de febrero de 2025, el vehículo de carga, cuyo modelo la Sala toma del expediente, tiene "un ancho aproximado de 2.4 mts.", y de ese dato, puesto junto al ancho de la vía que trae el informe de tránsito, la Sala infiere "la injerencia de la volqueta en el incidente de tránsito". La sentencia atribuye el ancho del vehículo a "las aludidas máximas de experiencia" y a la consulta, que son las dos fuentes que nombra para él, y declara que la consulta "deja de ser el eje central de la argumentación". En la Sala de Cartagena, la respuesta de Copilot trae un apartado que empieza "En el caso concreto:", con la cronología del expediente, y concluye sobre la causa que se discutía. Esa conclusión coincide con la de la Sala, y la misma respuesta remite a la prueba: "Solo un peritaje técnico especializado podría determinar con certeza el momento de inicio de la corrosión." La Sala decidió por esa falta de prueba.
La Sala Penal de Pereira, que escribió antes de la T-323 y del Acuerdo, presentó la consulta como el camino de su conclusión: "Para poder llegar dicho desenlace, la Sala, a las 11:36 horas del 20/3/2024, hizo una consulta a la página web". El desenlace era que la concentración hallada en la sangre de la víctima "prácticamente equivale a la ingesta de una copa de vino, o de una copa de aguardiente o de ron, o de una lata de cerveza", y con él descartó que la víctima se hubiera puesto en riesgo. La sentencia dejó a la vista la pregunta, la fecha y la hora, y una salvedad en nota: "entra en juego el factor de tolerancia al alcohol, el cual varía entre las personas". En el párrafo que antecede al de la consulta, la Sala ya había calificado esa concentración como grado cero de alcoholemia con la Ley 1696 de 2013, como lo alegó la Fiscalía.
El juzgado de pequeñas causas de Cartagena le pidió a Copilot el examen de su propio auto "a efectos de socavar los aspectos probatorios blandidos por el memorialista", y después de la respuesta escribió: "Queda demostrado que contrario a lo expuesto por el memorialista, del recurrido auto no existe certeza del uso de la IA generativa para su redacción". El recurso se declaró improcedente por otra razón, "por carecer de la debida carga argumentativa para entrar a debatir el contenido del auto recurrido".
Las tres preguntas de derecho son un caso aparte. El Acuerdo admite, entre los usos que piden especial transparencia, el "Análisis y asistencia en decisiones ante procesos relacionados con problemas jurídicos estandarizados y recurrentes", y en el numeral 3 del artículo 8 pide prescindir de la herramienta para "la solución de problemas jurídicos". En el juzgado laboral de Cartagena y en Pradera la pregunta es el problema jurídico de la providencia, y Pradera lo dice, pues consultó "sobre el problema jurídico de marras". El juzgado laboral de Cartagena decidió antes de consultar, que fue lo que la Corte Constitucional valoró, y Pradera fundó antes la regla en la ley y en un auto del Tribunal Superior de Medellín. Pradera es, además, de las que mejor documentan la consulta: transcribe la pregunta y la respuesta, declara la verificación y da la fecha de uso.
Cuando la herramienta hace una cuenta o un cotejo, la nota permite rehacerlo con la fuente
Tres providencias más usan la herramienta para una cuenta o un cotejo y lo declaran. El Acuerdo pone la "Asistencia a las actividades relacionadas con operaciones aritméticas y matemáticas." entre los "Usos que requieren la observancia especial de transparencia, responsabilidad y privacidad". Un despacho de la Sala Civil del Tribunal Superior de Medellín informó en septiembre de 2024 que "para el conteo de términos, se utilizó como herramienta de apoyo Microsoft Copilot 365", en un recurso de anulación que resultó presentado el último de los treinta días. Un despacho de la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Villavicencio cotejó con Claude las normas y las sentencias que citaba un abogado y anotó que "El contenido fue supervisado, revisado, modificado y validado por personal humano".
El tercer caso muestra para qué sirve declarar. La Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá fijó en una sentencia de mayo de 2026 una suma indexada de $79.032.428 y anotó: "El cálculo de indexación fue verificado con apoyo de una herramienta de asistencia digital (Microsoft 365 Copilot), utilizada exclusivamente como soporte técnico, bajo supervisión del Magistrado ponente." El demandante, por su lado, había señalado una diferencia de $3.054.936 en la cuenta, y la demandada pidió aclaración, porque la nota dejaba sin precisar las instrucciones dadas a la herramienta y el alcance de la validación. En el auto del 23 de julio, la Sala explicó la fórmula, rehízo la cuenta con "los valores del IPC certificados por el DANE" y corrigió la condena a $82.078.511,80, por la vía del artículo 286 del Código General del Proceso. La nota hizo posible la pregunta de la demandada, y la fuente oficial resolvió la cuenta.
El Acuerdo admite la consulta de apoyo con revisión del resultado, y pide que quede escrita
Las sentencias de la Sala de Armenia citan el Acuerdo y la T-323 de 2024 como respaldo de la consulta, "conforme la aplicación que de tal han respaldado" la Corte Constitucional y el Consejo Superior. Pradera y el juzgado de familia de Villavicencio presentan a Copilot como la herramienta "autorizada por el Poder Judicial" y "oficial para uso de la Rama Judicial". La Sala Laboral de Manizales lo cita para fijar el límite. Las dos lecturas caben en el mismo texto: el artículo 4 admite buscar información y proponer explicaciones de lo que el servidor ya comprende, con revisión detallada del resultado, y el artículo 8 reserva al juez la valoración de la prueba y la solución del caso.
El artículo 10 pide además que el uso quede informado, con "los prompts o instrucciones utilizadas" entre sus datos. Ocho de las veinticinco providencias dejan a la vista al menos una de sus preguntas, en el texto o en una captura: las del juzgado laboral de Cartagena y del despacho del Magdalena, de 2023, la Sala Penal de Pereira, la Sala Penal de Pasto, la Sala de Cartagena, Pradera, el juzgado de pequeñas causas de Cartagena y Neiva. Tres nombran el modelo, la Sala de Armenia (GPT-4), la Sala Penal de Pasto (4o mini) y el juzgado de pequeñas causas de Cartagena (GPT-5), y dos dicen que usaron una versión de pago, Honda y el despacho de Antioquia (la versión Plus). Tres dan la fecha de uso, y el juzgado de pequeñas causas de Cartagena añade que leyó y aceptó los términos y condiciones. Decir la versión responde además a otro deber, el del numeral 1 del artículo 8, que pide "Evitar el uso de chatbots generales o comerciales de IA en sus versiones gratuitas".
El detector aplicado a la demanda es otra conversación
Dos autos del Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Buga, de abril y junio de 2026, anuncian que la demanda se sometió "a un estudio de inteligencia artificial arrojando como resultado:" una captura de pantalla. La captura es la de un detector de texto generado con la herramienta, que marca 93 y 71 por ciento de "contenido de IA", y los dos autos le ponen de presente al abogado que "el uso excesivo de inteligencia artificial podría acarrear temeridad procesal que es disciplinable por la autoridad competente". Las demandas se inadmitieron por otras causales. Allí el despacho usa un programa para examinar el escrito de la parte, que es la conversación de los detectores. Los dos autos se suman a las providencias reunidas en el informe Los jueces colombianos dejan de lado el porcentaje de los detectores de inteligencia artificial y deciden con lo que pueden comprobar en el expediente, que los incluye desde el 1 de octubre de 2026.
La práctica que dejan estas providencias cabe en una nota
Quien consulta la herramienta desde un despacho encuentra en estas providencias un modelo armado con piezas que ya existen. El nombre de la herramienta y su versión, como en Honda y en el despacho de Antioquia. La pregunta transcrita, con su fecha, como en la Sala Penal de Pereira y en Pradera. El lugar de la respuesta en el razonamiento, que la mayoría declara y que la Sala Penal de Pasto escribió en una frase. Y la fuente con que se contrastó, puesta por delante, como la relatoría en el juzgado civil de Pereira y en el juzgado civil municipal de Bogotá o la búsqueda en el sitio del Ministerio de Transporte que cita Honda. Leído desde Manizales, el límite está en el hecho del caso: cuando es eso lo que falta, la prueba se pide, se aporta o se decreta en el proceso.
Cobertura. Comprende las providencias de tribunales y juzgados del observatorio COLOMB-IA en que un despacho consulta una herramienta de inteligencia artificial generativa para saber algo del caso o del derecho aplicable, con corte al 1 de octubre de 2026. Las treinta y cuatro providencias de tribunales y juzgados que se citan se leyeron completas, y de la sentencia de mayo de 2026 de la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá se leyó la página del cálculo. De las providencias de primera instancia que revisaron los tribunales de Manizales y de Tunja se conoce lo que resume el superior. De la T-323 de 2024 se citan la síntesis con que la sentencia se presenta y sus párrafos 275, 278 y 280, en las páginas 92 y 93. En el auto de Abriaquí la nota dice "la IA", sin que consten la herramienta, la pregunta ni que la herramienta sea generativa. La clasificación de cada consulta es de la revista, y registra lo que cada despacho dejó escrito. Las altas cortes quedan fuera de este informe, igual que la colección Providencias hechas con IA, donde los despachos declaran el uso casi siempre para redactar, resumir o corregir y donde puede haber otras consultas, y hay al menos una, del mismo juzgado de Pradera, en un auto del 4 de marzo de 2026. El observatorio se arma con lo que los despachos publican y con lo que el portal de Publicaciones Procesales de la Rama Judicial deja encontrar por palabras, de modo que puede haber consultas que no usan el nombre de ninguna herramienta o que no quedaron escritas.