Por el cual se crea la Política del uso de herramientas de inteligencia artificial generativa (IAG) en la Universidad Antonio Nariño.
Permite con condiciones
"Todo uso de la IAG en la producción de trabajos académicos, investigaciones o documentos administrativos debe ser claramente declarado, especificando el alcance y la naturaleza de su uso." (página 3)
universidad
obliga
Rige el deber general de declarar todo uso de IAG en los trabajos académicos (p. 3). Cada unidad académica puede crear políticas específicas por facultad, programa y asignatura (p. 5), y el acuerdo no dice qué rige cuando el curso calla.
Todo uso de IAG en trabajos académicos, investigaciones o documentos administrativos se declara con su alcance y naturaleza, y las herramientas se citan o referencian (p. 3).
El documento no se pronuncia sobre esto.
El documento no se pronuncia sobre esto.
Las violaciones se tramitan por los procedimientos disciplinarios de los reglamentos de la UAN y las infracciones por uso indebido de IAG se evalúan caso por caso, con posibles sanciones académicas o administrativas (p. 5).
El documento no se pronuncia sobre esto.
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