Autoriza a las entidades vigiladas a adoptar tecnologías como la inteligencia artificial, el machine learning, el big data y los robots, cuando lo consideren pertinente para mejorar la prestación de servicios a los consumidores financieros y optimizar sus procesos, con el deber de gestionar los riesgos asociados a la tecnología adoptada, verificar con regularidad la efectividad de los controles implementados y cumplir las normas de protección de datos y habeas data.
El inciso proviene de la Circular Externa 029 de 2019 y el texto reexpedido en 2025 lo conserva con la misma redacción.
"Las entidades vigiladas pueden adoptar tecnologías como realidad aumentada, internet de las cosas, blockchain, inteligencia artificial, machine learning, big data, robots, entre otras"
Circular Básica Jurídica, Parte I, Título II, Capítulo I, numeral 1.3, último inciso (anexo de la Circular Externa 006 de 2025), página 100 del texto oficial