Adhiere la provincia a las recomendaciones de la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura sobre la ética de la IA y hace obligatorio su cumplimiento para los poderes del Estado provincial y sus entes centralizados, descentralizados y autárquicos, que deben adoptar en el uso de la IA los principios de respeto a los derechos humanos, justicia e inclusión, transparencia (resultados de fácil comprensión para los usuarios y auditables), responsabilidad y supervisión, y privacidad y protección de datos personales.
Reconoce a toda persona que reciba una decisión automatizada por un sistema de IA el derecho a ser informada de manera clara y comprensible y a pedir la revisión humana de la decisión.
Exige que los funcionarios y empleados que usen herramientas de IA se capaciten en la ética de su uso, designa autoridad de aplicación a la Secretaría de Estado de Gestión Pública y Planeamiento y encarga al Poder Ejecutivo elaborar las normas que implementen esas pautas en todos los niveles de la administración pública.
"Toda persona que reciba una decisión automatizada por un sistema de IA tendrá derecho a: a) Ser informada de manera clara y comprensible; b) Solicitar revisión humana de la decisión"
art. 2, literal f