Propone una reforma integral de la educación superior que derogaría la Ley 30 de 1992.
Crearía una política de integración de la inteligencia artificial y las tecnologías emergentes en las instituciones de educación superior, según la cual el Ministerio de Educación Nacional, en coordinación con el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, definiría los lineamientos curriculares básicos y las competencias fundamentales en IA que deberán incorporarse, con cinco años para que las instituciones oficiales adapten sus programas, y las instituciones podrían integrar el estudio y la aplicación de la IA en todos sus programas con pensamiento crítico y perspectiva ética.
Incluiría además un Plan Nacional de Transformación Digital e Inteligencia Artificial para la Educación Superior y la incorporación de la IA entre los procesos estratégicos del subsistema de fomento a la pertinencia y la calidad.
"A partir de la promulgación de la presente ley, el Ministerio de Educación Nacional, en coordinación con el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, definirá los lineamientos curriculares básicos y las competencias fundamentales en Inteligencia Artificial que deberán ser incorporadas."
art. 74, parágrafo primero, página 82 del texto oficial