Propone usar la inteligencia artificial para simplificar los trámites y procedimientos administrativos de las entidades de todas las ramas y órganos del poder público y de los particulares que ejercen funciones públicas, con una clasificación de los sistemas según su impacto y una lista de usos prohibidos, entre ellos negar automáticamente, sin revisión humana, una solicitud que pueda afectar derechos fundamentales, asignar puntajes sociales generales y adoptar sanciones exclusivamente mediante sistemas automatizados.
Exigiría publicar una evaluación de impacto algorítmico antes de poner en funcionamiento los sistemas de alto impacto y someterlos a auditorías periódicas independientes, crearía el Registro Público de Sistemas de Inteligencia Artificial del Estado a cargo del Ministerio TIC y reconocería a las personas afectadas el derecho a la explicación y a la revisión humana.
Permitiría adoptar de forma automatizada decisiones favorables al interesado en trámites reglados con requisitos objetivos y exigiría verificar la exactitud, la pertinencia y el fundamento jurídico de toda respuesta generada por IA que se use para motivar una decisión administrativa.
"La presente ley tiene por objeto fortalecer la política de racionalización, simplificación, estandarización, digitalización y automatización de trámites y otros procedimientos administrativos, mediante el aprovechamiento responsable de la inteligencia artificial, la interoperabilidad, la analítica de datos y las tecnologías de la información y las comunicaciones."
art. 1, página 1 del texto oficial